Todo trabajador en relación de dependencia del sector privado está cubierto, por ley, por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Te explicamos qué tiene que cubrir exactamente y qué obligaciones tiene tu empleador.
| Qué es la ART | La Aseguradora de Riesgos del Trabajo, obligatoria para todo empleador privado |
|---|---|
| Obligación del empleador | Contratar una ART y dar de alta a cada trabajador desde el primer día |
| Qué cubre | Atención médica, farmacéutica, prótesis, rehabilitación, salario durante el tratamiento e indemnización |
| Norma que lo regula | Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 |
La obligación del empleador
Todo empleador del sector privado, sin excepción, está obligado por ley a contratar una ART (o autoasegurarse) y a declarar a cada trabajador desde el primer día de trabajo. El empleador tiene un plazo de 30 días para contratar el seguro, y los accidentes quedan cubiertos desde la fecha de vigencia de la póliza, que coincide con el inicio de actividades de la empresa.
Qué tiene que cubrir la ART
Según la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), ante un accidente o enfermedad laboral, la ART tiene que cubrir de forma completa y oportuna:
- Asistencia médica y farmacéutica, hasta la curación completa o mientras persistan los síntomas incapacitantes.
- Prótesis y ortopedia, si corresponden.
- Rehabilitación y recalificación profesional.
- Traslados hacia y desde los centros de atención.
- El salario mientras dure el tratamiento, y la indemnización correspondiente según el grado de incapacidad.
Otras obligaciones del empleador
- Organizar el trabajo de forma segura y prevenir riesgos previsibles.
- Proveer los elementos de protección necesarios.
- Hacer un examen médico preocupacional antes de que empieces a trabajar.
- Informarte sobre los riesgos específicos de tu puesto y la cobertura de la ART.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si mi empleador no me dio de alta en una ART?
Es una obligación legal del empleador. Si tenés dudas sobre tu situación, podés consultar en el sitio de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) o asesorarte con un abogado laboralista.
¿La ART me cubre si me lastimo yendo al trabajo?
Los accidentes in itinere (en el trayecto entre tu casa y el trabajo) también están contemplados por el sistema de riesgos del trabajo, con sus propias condiciones.
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Fuentes
Contenido informativo y educativo. No es asesoramiento financiero ni una recomendación. Las tasas, topes y condiciones cambian con frecuencia y por entidad: verificá siempre los datos en la fuente oficial o en tu contrato antes de tomar una decisión.

