Indemnización por despido: cómo se calcula

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Indemnización por despido: cómo se calcula

Si te despiden sin causa, la ley te garantiza una indemnización mínima. Repasamos cómo se calcula y qué otros conceptos se suman en la liquidación final.

Marco legalArtículo 245, Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
Fórmula base1 mes de sueldo por cada año de antigüedad (o fracción mayor a 3 meses)
Base de cálculoLa mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año
Piso mínimoNunca menos de 1 mes de sueldo
Además se sumaPreaviso (si no se otorgó), integración del mes, SAC proporcional, vacaciones no gozadas
Datos de referencia, sujetos a cambios.

Cuándo corresponde

La indemnización del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) aplica en los despidos sin justa causa, hayan mediado o no un preaviso.

La fórmula base

Corresponde un mes de sueldo —calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año— por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

Por ejemplo: alguien con 4 años y 5 meses de antigüedad cobraría el equivalente a 5 meses de esa mejor remuneración (los 5 meses redondean para arriba por superar los 3 meses de fracción).

El tope y el piso

  • Tope: la base de cálculo no puede superar el equivalente a tres veces el promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo que te corresponda. Ese promedio varía según la actividad y el convenio, así que no hay un número único para todos los casos.
  • Piso: aun aplicando el tope, la indemnización nunca puede ser menor a un mes de sueldo.

Qué más se suma a la liquidación final

  • Preaviso: si no te lo dieron, se paga 1 mes de sueldo (antigüedad menor a 5 años) o 2 meses (5 años o más).
  • Integración del mes de despido: si el despido no ocurre el último día del mes, se pagan los días que faltan para completarlo.
  • SAC proporcional: la parte del aguinaldo devengada hasta la fecha de desvinculación. Ver cómo se calcula el aguinaldo.
  • Vacaciones no gozadas: los días de vacaciones que te correspondían y no tomaste.

Cada caso tiene particularidades (convenio colectivo aplicable, causales discutidas, rubros no remunerativos). Para un cálculo exacto de tu situación, conviene consultar a un abogado laboralista o al gremio correspondiente.


Preguntas frecuentes

¿La indemnización se paga siempre, aunque haya habido preaviso?

Sí. La indemnización por antigüedad del artículo 245 corresponde haya o no mediado preaviso; lo que cambia es si además se suma o no el pago sustitutivo del preaviso.

¿Cómo se define la ‘mejor remuneración mensual, normal y habitual’?

Es el mes con el sueldo más alto entre los devengados en el último año trabajado, considerando los rubros remunerativos habituales (no los excepcionales o no remunerativos).

¿Hay un monto fijo de indemnización para todos los convenios?

No. El tope se calcula sobre el promedio de remuneraciones del convenio colectivo aplicable a cada actividad, así que varía de un sector a otro.


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Fuentes

Contenido informativo y educativo. No es asesoramiento financiero ni una recomendación. Las tasas, topes y condiciones cambian con frecuencia y por entidad: verificá siempre los datos en la fuente oficial o en tu contrato antes de tomar una decisión.